El objetivo de esta colecta es recibir la generosa caridad de todos los feligreses de la Arquidiócesis de Piura y Tumbes con la finalidad de que los montos recaudados en estas fecha sean depositados en una cuenta bancaria especial, para luego formar parte de un fondo exclusivo para emergencias, y será destinado a aliviar las necesidades de los damnificados por cualquier desastre natural que pudiese acontecer en nuestra Iglesia particular, en nuestro territorio nacional o en el mundo.
La Colecta anual de “Solidaridad para Emergencias”, fue instituida por nuestro actual Arzobispo Metropolitano, y tiene lugar todos los años en el primer domingo del Tiempo de Adviento.
DECRETO
Por la gracia de Dios y de la Sede Apostólica
Arzobispo de la Arquidiócesis de Piura y Tumbes
CONSIDERANDO:
Que la caridad pertenece a la naturaleza de la Iglesia, es manifestación irrenunciable de su propia esencia y constituyen como sus fines propios : sostener el culto divino, sustentar honestamente al clero y demás ministros, y hacer las obras de apostolado sagrado y de caridad, sobre todo con los necesitados.
Que la Iglesia es la familia de Dios en el mundo y en esta familia no debe haber nadie que sufra por falta de lo necesario. Pero al mismo tiempo, la caritas – agapé supera los confines de la Iglesia (ver S.S. Benedicto XVI, Carta Encíclica Dios es Amor, n. 25).
Que el Concilio Vaticano II dispuso que “las realidades terrenas y espirituales están estrechamente unidas entre sí, y la misma Iglesia usa los medios temporales en cuanto su propia misión lo exige” ( Constitución Pastoral Gaudium et spes, n. 76) de tal forma que la Iglesia para conseguir sus fines requiere del concurso de los hombres y de sus actividades.
Que es preciso advertir que el mismo Estado Peruano reconoce el derecho originario que posee la Iglesia para obtener y administrar sus propios bienes y lo consagra en el Acuerdo entre la Santa Sede y la República del Perú: “La Iglesia Católica en el Perú continúa gozando de la personería jurídica de carácter público, con plena capacidad y libertad para la adquisición y disposición de bienes, así como para recibir ayudas del exterior” (Decreto Ley N º 23211, art. 2).
Que nuestras comunidades parroquiales deben ser escuelas de caridad, en las que nos eduquemos a vivir la generosidad y la solidaridad, donde nadie se sienta excluido de nuestro amor, especialmente los más pobres y necesitados.
Que nuestra Arquidiócesis se ve con cierta frecuencia afectada por desastres naturales que afectan a miles de hermanos nuestros dejándolos en situación de extrema necesidad.
Que por todo lo dicho se hace preciso tomar unas medidas que, sin afectar a los fieles, procuren solidariamente la cooperación entre ellos, respetando la concepción unitaria del patrimonio eclesiástico y la variedad de personas jurídicas titulares de los bienes.
Habiendo consultado al Consejo Económico diocesano, en uso de mi potestad ordinaria y a tenor de los cánones 29, 115 § 3, 116, 222 § 1, 1254 , 1260 y 1266 del Código de Derecho Canónico,
DECRETO:
PRIMERO.- Instituir como colecta anual especial en la Arquidiócesis de Piura, la Colecta de Solidaridad para Emergencias.
SEGUNDO.- Dicha colecta se habrá de realizar todos los años el primer domingo del tiempo de Adviento en todas las iglesias y oratorios que están habitualmente abiertos a los fieles, aunque pertenezcan a institutos religiosos.
TERCERO.- Destinar exclusivamente el fruto de dicha colecta a aliviar las necesidades de los damnificados por cualquier desastre natural que pudiese acontecer en nuestra Iglesia particular y que pasará a formar parte de un fondo intangible para emergencias.
CUARTO.- Constituir para tal efecto una Fundación autónoma como persona jurídica pública diocesana, que será la encargada de administrar el mencionado fondo intangible.
QUINTO.- Disponer que en el término de un mes, el Consejo Económico diocesano, disponga y trámite en el ordenamiento canónico y civil la constitución y erección de la mencionada Fundación.
Dado en San Miguel de Piura, sede de la Arquidiócesis, el día 3 de noviembre del año 2006.
Mons. JOSÉ ANTONIO EGUREN ANSELMI, S.C.V. 
Arzobispo Metropolitano de Piura
Pbro. Álvaro Otero Gonzáles
Canciller
Canc. 004/ARZPT/06
RESULTADOS
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- 1º colecta: 3 de diciembre de 2006
 S/. 27,715.20
 $ 20.00
- 2º colecta: 2 de diciembre de 2007
 S/. 27,251.10
 $ 7.00
- 3º colecta: 30 de noviembre de 2008
 S/. 35,427.60
 $ 38.00
- 4°colecta: 29 de noviembre de 2009
 S/. 29,782.40
 $ 50.00
- 5° Colecta 28 de noviembre de 2010
 S/. 61,272.10
- 6° Colecta 27 de noviembre de 2011
 S/. 30,524.30
- 7° Colecta 02 de diciembre de 2012
 S/. 42,509.91
- 8° Colecta 01 de diciembre de 2013
 S/. 98,798.60
- 9° Colecta 30 de noviembre de 2014
 S/. 33,416.60
- 10° Colecta 29 de noviembre de 2015
 S/. 46,525.60
- 11° Colecta 27 de noviembre de 2016
 S/. 47,617.50
- 12° Colecta 03 de diciembre de 2017
 S/. 49,914.80
- 13° Colecta 02 de diciembre de 2018
 S/. 43,922.25
- 14° Colecta 01 de diciembre de 2019
 S/. 43,393.40
- 15° Colecta 01 de diciembre de 2022
 S/. 24,793.11
- 16° Colecta 03 de diciembre de 2023
 S/. 49,726.49
 
- 1º colecta: 3 de diciembre de 2006
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