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DOCUMENTO DEL SEÑOR ARZOBISPO DE PIURA EN EL ACTUAL DEBATE SOBRE LA PENA DE MUERTE

EL PAPA FRANCISCO Y LA PENA DE MUERTE

El tema de restaurar la pena de muerte en nuestro país, ha sido nuevamente noticia entre nosotros. Ante la proximidad de la Visita Apostólica del Papa Francisco al Perú, es bueno recordar que el actual Pontífice considera que “hoy en día la pena de muerte es inadmisible”. Por tanto ella no es la solución a ningún crimen por abominable que este sea.

Su Magisterio sobre esta controversial cuestión, está en continuidad y sintonía con el de sus predecesores San Juan Pablo II y Benedicto XVI. En efecto el Papa Santo, siguiendo la enseñanza del Catecismo de la Iglesia Católica[1], así como en su Encíclica Evangelium Vitae[2], sentó las bases para una eliminación de la pena de muerte calificando de “muy raros y casi inexistentes estos casos”. A su vez el Papa Emérito pidió que “se promuevan iniciativas políticas y legislativas para eliminar la pena de muerte en el mundo”.[3]

Sobre la eliminación de la pena de muerte, el Papa Francisco explica en su Magisterio las siguientes razones para ello[4]:

  1. “Esta problemática (la de la pena de muerte) no puede ser reducida a un mero recuerdo de enseñanza histórica sin hacer emerger no solo el progreso en la doctrina y obra de los últimos Pontífices, sino también en la cambiante consciencia del pueblo cristiano, que rechaza una actitud concordante ante una pena que socava en gran medida la dignidad humana”.
  1. “El Magisterio de la Iglesia, a partir de la Sagrada Escritura y de la experiencia milenaria del Pueblo de Dios, defiende la vida desde la concepción hasta la muerte natural, y sostiene la plena dignidad humana en cuanto imagen de Dios. La vida humana es sagrada porque desde su inicio, desde el primer instante de la concepción, es fruto de la acción creadora de Dios…y es objeto de un amor personal por parte de Dios”.
  1. “Hoy en día la pena de muerte es inadmisible, por más grave que haya sido el delito del condenado. Es una ofensa a la inviolabilidad de la vida y a la dignidad de la persona humana que contradice el designio de Dios sobre el hombre y la sociedad y su justicia misericordiosa, e impide cumplir con cualquier finalidad justa de las penas. No hace justicia a las víctimas, sino que fomenta la venganza”.
  1. “Para un Estado de derecho, la pena de muerte representa un fracaso, porque lo obliga a matar en nombre de la justicia. Nunca se alcanzará la justicia dando muerte a un ser humano”.
  1. “La pena de muerte pierde toda legitimidad en razón de la defectiva selectividad del sistema penal y frente a la posibilidad del error judicial. La justicia humana es imperfecta, y no reconocer su falibilidad puede convertirla en fuente de injusticias”.
  1. “Con la aplicación de la pena capital, se le niega al condenado la posibilidad de la reparación o enmienda del daño causado; la posibilidad de la confesión, por la que el hombre expresa su conversión interior; y de la contrición, pórtico del arrepentimiento y de la expiación, para llegar al encuentro con el amor misericordioso y sanador de Dios”.
  1. “En algunas ocasiones es necesario repeler proporcionadamente una agresión en curso para evitar que un agresor cause un daño, y la necesidad de neutralizarlo puede conllevar su eliminación: es el caso de la legítima defensa. Sin embargo, los presupuestos de la legítima defensa personal no son aplicables al medio social, sin riesgo de tergiversación. Cuando se aplica la pena de muerte, se mata a personas no por agresiones actuales, sino por daños cometidos en el pasado. Se aplica, además, a personas cuya capacidad de dañar no es actual sino que ya ha sido neutralizada, y que se encuentran privadas de su libertad”.
  1. “La pena de muerte es contraria al sentido de la humanitas (humanidad) y a la misericordia divina, que debe ser modelo para la justicia de los hombres…Se debate en algunos lugares acerca del modo de matar, como si se tratara de encontrar el modo de ‘hacerlo bien’. Pero no hay forma humana de matar a otra persona…La pena de muerte implica la negación del amor a los enemigos, predicada en el Evangelio”.

Además de estar en plena sintonía con el Papa Francisco, personalmente considero que también hay que enfocarnos en tres temas sobre los cuales no se suele reflexionar cuando se discute sobre la pena de muerte y que harían innecesaria ésta: la prevención, la reforma del sistema judicial y carcelario, y el fortalecimiento de la seguridad ciudadana. 

Para la prevención es fundamental fortalecer a la familia basada en el matrimonio entre un hombre y una mujer. La familia es la escuela del más profundo humanismo, es el lugar donde se forman los futuros ciudadanos y los creyentes, y ámbito donde se transmiten los valores. Está comprobado que familias fuertes hacen sociedades fuertes. La ausencia de familia, su debilitamiento y desestructuración, es en gran parte la causa de la delincuencia y de los crímenes más execrables como la violación. Se hace urgente que el Estado defienda y promueva a la familia y lo haga con buenas políticas públicas. Para la prevención también se requiere una buena acción educativa la cual debe realizarse conforme a la verdad de la persona humana. Familia y Escuela fuertes son la mejor garantía para prevenir delitos y crímenes.

De otro lado se hace urgente que tanto el sistema judicial como carcelario sean auténticos medios de rehabilitación y de reintegración personal de los reclusos conforme a su dignidad humana de hijos de Dios. Sobre todo se hace urgentisimo en nuestro país una auténtica y eficaz reforma carcelaria.   

Finalmente nadie discute hoy la necesidad de fortalecer la seguridad ciudadana en nuestro país, entendida ésta como la acción que desarrolla el Estado junto con la ciudadanía para asegurar la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia, y de esta manera evitar la comisión de delitos y faltas contra las personas y sus bienes.

Que las enseñanzas del Papa Francisco nos ayuden en los actuales momentos a enfocar debidamente este tema tan delicado y a mejor prepararnos a acoger dentro de muy poco en el Perú a “Aquel que viene en nombre del Señor”.

San Miguel de Piura, lunes 06 de noviembre de 2017.

[1] Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2267.

[2] Ver San Juan Pablo II, Encíclica Evangelium Vitae, nn. 52-56.

[3] Ver S.S. Benedicto XVI, Exhortación Apostólica postsinodal, Africae Munus, n. 83; Saludo a grupos especiales en la Audiencia General de los Miércoles, 30-XI-2011.

[4] Ver S.S. Francisco, Discurso por el 25º aniversario de la firma de la Constitución Apostólica “Fidei Depositum” por San Juan Pablo II, 11-X-2017; Carta al Presidente de la Comisión Internacional contra la Pena de Muerte, 20-III-2015.

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